Cerruti, portavoz del presidente ya no tendrá rango de ministra
Gracias al decreto 404/22, el presidente Alberto Fernández suprimió la Unidad de Comunicación de Gestión Presidencial que había creado en octubre de 2021 para que asuma la portavoz Gabriela Cerruti, que igualmente seguirá cumpliendo esa función, pero con otro cargo.
VISTO el Expediente Nº EX-2022-63333904-APN-DNDO#JGM, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992 y sus modificatorias), la Ley Nº 27.669, los Decretos Nros. 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 710 del 14 de octubre de 2021 y 326 del 14 de junio de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, sus Objetivos y los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados.
Que a través del Decreto Nº 710/21 se creó, con dependencia directa de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Unidad de Comunicación de Gestión Presidencial como cargo extraescalafonario con rango y jerarquía de Ministro o Ministra.
Que por razones de gestión resulta necesario suprimir el citado cargo extraescalafonario y modificar los objetivos de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y de su dependiente SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA.
Que por el Decreto Nº 326/22 se transfirieron las competencias relativas a la elaboración, propuesta y ejecución de la política nacional comercial interna, en todo lo relacionado con la defensa del consumidor y de la consumidora y la defensa de la competencia de la órbita del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO al ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que, en función de las competencias asignadas a las citadas jurisdicciones, resulta necesaria la reorganización de funciones con el fin de fortalecer acciones vinculadas a la reactivación productiva y al abordaje de la problemática inflacionaria.
Que con el fin de consolidar la política nacional para la reducción de tasas de inflación orientada al control de los precios bajo una misma autoridad, resulta conveniente transferir la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO al MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que, en consecuencia, resulta necesario modificar la conformación organizativa de los Ministerios citados y adecuar los objetivos de sus Secretarías y Subsecretarías.
Que por la Ley Nº 27.669 se estableció el Marco Regulatorio para el Desarrollo de la Industria del Cannabis Medicinal y el Cáñamo Industrial y se creó la AGENCIA REGULATORIA DE LA INDUSTRIA DEL CÁÑAMO Y DEL CANNABIS MEDICINAL (ARICCAME) como organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, con autarquía administrativa, funcional, técnica y financiera, con jurisdicción en todo el territorio nacional.
Que, en consecuencia, procede incorporar el citado organismo descentralizado en el Anexo III del Decreto Nº 50/19 y adecuar, atento las precitadas modificaciones, los Apartados de dicho Anexo correspondientes al MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y al MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL, dependiente de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN PRESUPUESTARIA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención que les compete.
Que el servicio jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Suprímese la Unidad de Comunicación de Gestión Presidencial, cargo extraescalafonario con dependencia directa de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN con rango y jerarquía de Ministro o Ministra creado por el artículo 2º del Decreto Nº 710 del 14 de octubre de 2021.
ARTÍCULO 2º.- Transfiérese la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO al MINISTERIO DE ECONOMÍA.
La transferencia aludida comprende las unidades organizativas, créditos presupuestarios, bienes y dotaciones vigentes a la fecha y el personal con su actual situación de revista.
ARTÍCULO 3º.- Sustitúyese del Anexo I –Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría- aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, por el siguiente:
“IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA
– SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
UNIDAD GABINETE DE ASESORES
– SUBSECRETARÍA DE INFORMACIÓN Y DIFUSIÓN ECONÓMICA
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
– SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL
– SUBSECRETARÍA LEGAL
SECRETARÍA DE HACIENDA
– SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO
– SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
SECRETARÍA DE POLÍTICA TRIBUTARIA
– SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN TRIBUTARIA FEDERAL
– SUBSECRETARÍA DE TRIBUTACIÓN INTERNACIONAL
SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA
– SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN MACROECONÓMICA
– SUBSECRETARÍA DE PROGRAMACIÓN REGIONAL Y SECTORIAL
SECRETARÍA DE FINANZAS
– SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS
– SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO
– SUBSECRETARÍA DE LA SOSTENIBILIDAD DE LA DEUDA PÚBLICA EXTERNA
SECRETARÍA DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y FINANCIEROS INTERNACIONALES
– SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN INTERNACIONAL
SECRETARÍA DE ENERGÍA
– SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL DE ENERGÍA
– SUBSECRETARÍA DE HIDROCARBUROS
– SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
– SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO
SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR
– SUBSECRETARÍA DE ACCIONES PARA LA DEFENSA DE LAS Y LOS CONSUMIDORES
– SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS PARA EL MERCADO INTERNO”.
Eso dicta, el nuevo decreto publicado el pasado jueves entre sus principales artículos y con el mismo hace que Cerruti siga teniendo su cargo pero con menos poder.