Novedades más relevantes en materia de minería de los últimos dos meses
Resolución 514/2022, dictada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación el 16/11/2022.
Modifica el Inventario Nacional de Glaciares (ING). Esta incorpora el glaciar de escombro (G110) en el actual ING correspondiente a la subcuenca río Blanco Superior (de la cuenca del río Jáchal, de las provincias de San Juan, Catamarca y La Rioja).
Resolución N° 74/2022, publicada en el Boletín Oficial de la Nación el 17/11/2022.
Deja sin efecto la Resolución N° 235 del 7 de septiembre de 2021 de la Secretaría de Minería del ex Ministerio de Desarrollo Productivo, la cual disponía la creación de la “Ventanilla Federal Minera” (VENFEM) un instrumento para realizar todas las comunicaciones a las autoridades provinciales con competencia en materia minera en el marco del Plan Minero Nacional, el Plan Social Minero, el Plan de Apoyo a los Ladrilleros, el Plan de Huellas Mineras, el Plan de Incentivo a la Minería Artesanal, el Plan de Asistencia a pymes Mineros, el régimen especial de fomento previsto en la Ley N° 24196 de Inversiones Mineras, y normas reglamentarias, con el fin de agilizar los procedimientos administrativos, reducir los tiempos que afectan a los administrados y eliminar regulaciones cuya aplicación genere costos innecesarios.
Resolución 84/2022 publicada en el Boletín Oficial de la Nación el 29/11/2022.
Crea el Registro Federal de Proveedores Mineros con carácter público en el ámbito de la Secretaría de Minería del Ministerio de Economía. Allí podrán inscribirse las personas físicas domiciliadas en la República Argentina y las personas jurídicas constituidas en ella que, por su actividad u objeto social, ofrecen bienes, insumos o servicios, incluidos los de innovación tecnológica y economía del conocimiento, a empresas que realizan actividad minera, y/o a cualquier empresa que realice actividades asociadas a la Cadena de Valor Minera, para solicitar la inscripción deberán cumplir con los requisitos previstos en el Anexo I de la presente.
También crea la Mesa Federal de Proveedores Mineros en la órbita de la Subsecretaría De Política Minera de la Secretaría De Minería, en la que participarán los inscriptos en el Registro Federal de Proveedores Mineros, representantes de la Secretaría De Minería, como de los organismos nacionales y provinciales y de las Cámaras Nacionales y provinciales afines a la actividad minera. Será objeto de la Mesa Federal de Proveedores Mineros establecer un espacio de diálogo e intercambio permanente, participativo, amplio y federal entre diferentes actores de la actividad minera y sesionará cuatro veces al año.
Ley 27701 publicada en el Boletín Oficial de la Nación el 01/12/2022.
Aprueba el presupuesto de gastos y recursos de la Administración Nacional para el periodo 2023. En particular, modifica los siguientes artículos del Código de Minería (CM):
1. Artículo 31 (cuarto párrafo) del CM, que establece, entre otras cosas, que el solicitante de un derecho minero pagará, de forma provisional, un canon de veinticuatro pesos ($2 4) por kilómetro cuadrado.
2. Artículo 213 del CM, que establece, entre otras cosas, que los montos del canon anual se actualizarán mediante resolución dictada por la Secretaría de Minería de la Nación, conforme la variación interanual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censo (INDEC).
3. Artículo 215 del CM, que fija las escalas del canon de la siguiente forma: (i) para las sustancias de la primera categoría y las listadas en el artículo 4 (a) del CM, siempre que se exploten en establecimientos fijos,1900 por pertenencia o unidad de medida; (ii) para las sustancias de la segunda categoría con excepción de las del artículo 4, inciso b, y las del inciso a que estén incluidas en el apartado anterior (i) y sean de aprovechamiento común, $960 por pertenencia; (iii) para las concesiones provisorias para la exploración o cateo de las sustancias de la primera y segunda categoría, $ 9680 por unidad de medida o fracción; (iv) para las minas cuyo dominio corresponda al dueño del suelo, una vez transferidas a un tercero o registradas por el propietario pagaran en la misma escala y forma que en los apartados anteriores, según su categoría.
4. Artículo 219 (segundo párrafo) del CM, que establece que, cuando la caducidad de la mina fuera dispuesta por falta de pago del canon, será notificado el concesionario, quien tendrá un plazo improrrogable de 45 días para abonar el canon adeudado actualizado más un recargo del 100%, si la deuda no fuera abonada a término de operará automáticamente la vacancia.
5. Artículo 221 del CM, establece que los concesionarios de socavones generales pagarán un canon anual de $960, además del que les corresponda, por cada pertenencia de mina nueva o abandonada que adquiriesen y en los casos del artículo 135 del Código de Minería de la Nación, abonarán también un canon de $4800 por cada 100 metros de superficie que declarasen como zona de exploración a cada lado de la obra.
Resolución 234/2022 publicada en el Boletín Oficial de la Nación el 06/12/2022.
A través de esta Resolución la Secretaría de Economía del Conocimiento de la Nación avanzó en la reglamentación del Régimen de Fomento de Inversiones para Exportaciones de las Actividades de la Economía del Conocimiento, creado por el Decreto 679/2022 a comienzos de octubre.
Mediante esta, el Ministerio de Economía fija las condiciones para la aplicación del beneficio previsto en el mencionado decreto para las inversiones directas en infraestructura, bienes de capital y capital de trabajo destinadas a favorecer el desarrollo de actividades de la economía del conocimiento y las exportaciones, así como impulsar distintos sectores de la economía que considera fundamentales para el ingreso de dólares al país tales como: el energético, minero y el campo.
Decreto N° 1494 publicado en el Boletín Oficial de Santa Cruz el 13/12/2022.
Aprueba la reglamentación de la Ley provincial N° 3751 “Cierre de Minas en la provincia de Santa Cruz”.
Resolución 196/2022 publicada en el Boletín Oficial de Salta el 14/12/2022.
Actualiza y establece, desde el 1 de enero del año 2023, el valor de la cuota fija para todas las canteras de tercera categoría de minerales de la Provincia, en la suma anual de ARS 1945, por hectárea o fracción.
Resolución N° 197 publicada en el Boletín Oficial de Salta el 19/12/2022.
Establece que, a partir del 1 de enero de 2023, las empresas que realicen actividades descritas en el artículo 249 del Código de Minería que cuenten con campamentos autorizados deberán disponer de un módulo habitacional exclusivamente destinado a las autoridades de control y fiscalización y proveer a los inspectores de equipos o elementos de protección personal que sean requeridos a los fines de la inspección.
Ley N° 5796 – Decreto N° 3542 publicado en el Boletín Oficial de Catamarca el 20/12/2022.
“Ley Impositiva para el Ejercicio Fiscal 2023”. En su artículo 41 establece que por los servicios que presta el Ministerio de Minería y sus dependencias, abonará las siguientes tasas: (i) por la solicitud de cateo y estaca de mina: 15.000 unidades tributarias; (ii) por la solicitud de minas vacantes: 20.000 unidades tributarias; y (iii) por iniciación de trámite de manifestación de descubrimiento cantera, pedido de servidumbre, escoriales, escombreras, relaves y placeres: 9.000 unidades tributarias. Además, en su artículo 54 autoriza a la Agencia de Recaudación de Catamarca para que a través de la Dirección General de Rentas desarrolle la actividad de recaudación, determinación y fiscalización de los fondos provenientes de regalías mineras, cánones y demás ingresos públicos que tienen a su cargo otros organismos del Estado Provincial.
Ley N° 5797 – Decreto N° 3543 publicado en el Boletín Oficial de Catamarca el 20/12/2022.
“Presupuesto de Gastos y Recursos del Sector Publico Provincial – Ejercicio Fiscal 2023”. En su artículo 16 autoriza al Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Tesorería General de la Provincia, a administrar los recursos recaudados o que se recauden en concepto de “Regalías Mineras”, en el marco y bajo los lineamientos establecidos por Ley N° 5.642, hasta tanto se deban integrar a él/los fondos fiduciarios.
Resolución N° 204/2022 publicada en el Boletín Oficial de la Nación el 22/12/2022.
Aprueba la actualización de aranceles de los trámites relacionados con materiales comprendidos en los Decretos N° 395/75 y N° 302/83 que refieren a armas y explosivos. Establece en ARS 300.000 el monto máximo para la multa aplicable en los casos del articulo 36, inciso 2 de la Ley 20429 para supuestos de particulares o responsables individuales, y en ARS 3.000.000 el monto máximo para la multa aplicable en los casos del articulo 36, inciso 3 de la Ley 20429 para los casos de usuarios comerciales, industrias, fábricas, entidades financieras, empresas de transporte y logística, minas, obras, importadores, exportadores o responsables comerciales o colectivos y toda otra persona humana o de existencia ideal alcanzada por la competencia de las normas enunciadas en el artículo 5, inciso 17 de la Ley N° 27192.
Decreto Nº 2471 publicado en el Boletín Oficial Neuquén el 22/12/2022.
Aprueba la reglamentación de la Ley de Fortalecimiento y Desarrollo de la Cadena de Valor Neuquina (Ley N° 3338). El objeto de dicha ley es fortalecer el desarrollo de los proveedores locales en la cadena de valor de la industria hidrocarburífera y minera de la Provincia del Neuquén.
Fuente: Abogados