Pymes del biodiesel activan presión en el Congreso y repudian nuevo borrador
Entiendo que hay consenso de los diputados para atender el planteo que pregonan ante la chance de una desregulación del esquema de cortes de los combustibles fósiles.
Iniciado este martes el plenario de comisiones para tratar la ley ómnibus, representantes de la Cámara Santafesina de Energía Renovables (Casfer) activó una serie de reuniones en Buenos Aires con legisladores de “la bota” y de otras provincias ligadas al sector agroindustrial para intentar imponer que en el futuro dictamen de comisión se elimine el articulado que desregula el mercado de corte de combustibles fósiles por biocombustibles y abre el juego a que sean las denominadas plantas integradas (ligadas al negocio aceitero) las que puedan competir con las pymes abastecimiento de los cupos. La iniciativa que promueve Milei rompe con el esquema actual que privilegia para el mercado interno a las usina de biodiesel y de bioetanol más pequeña.
Si bien los referentes del sector pyme no pudieron entrar al recinto donde sesiona el plenario, sí pusieron en marcha reuniones en paralelo con diputados a quienes intentan convencer de no hacer lugar al régimen que busca imponer el Poder Ejecutivo. “Fueron reuniones muy positivas y hay buena recepción de los legisladores. Igual la última palabra no está dicha”, indicó en diálogo con Punto biz, Juan Facciano, titular de la Cámara, El referente de las firmas pymes confirmó además que a última hora de este martes circuló un borrador con algunas nuevas consideraciones que, de acuerdo a la mirada del dirigente “lejos está de considerar el rol que tienen las pequeñas y medianas compañías en el territorio nacional”.
De hecho la Casfer elaboró una serie de consideraciones en torno al nuevo borrador que emitió el oficialismo. Plantearon que si bien el nuevo borrador de modificación de la “sección Biocombustibles del proyecto de ley ómnibus” deja sin efecto algunas de las cuestiones de la redacción original del mismo que, entre otras, fueron cuestionadas y rechazadas por la industria, esta nueva versión, siempre a criterio de la entidad pyme continúa con sin dar espacio a los planteos del sector.
Para Casfer, el borrador:
1.1 Sigue sin justificar la necesidad ni urgencia alguna en modificar ni derogar la ley 27.640 respecto a la emergencia económica,
1.2 sigue dándole discrecionalidades excesivas a la autoridad de aplicación, y
1.3 sin resolver la situación de las elaboradoras pymes y regionales de biodiesel (no integradas), generando su desaparición. La redacción original del proyecto “desregulaba” la actividad, mientras que el borrador de la modificación pasa a “regular” la actividad, pero exclusivamente a favor y beneficio de las empresas aceiteras (empresas integradas) y petroleras, fomentando así la “cartelización” (le deja servido en bandeja el negocio a 6 compañías multinacionales que poseen más del 85% del mercado del biodiesel y más del 80% del mercado del aceite que compran las pymes y regionales (no integradas),) lo que significa, además de obsceno y escandaloso, la legitimación de la cartelización”.
2) Con la modificación propuesta, antes de fines del 2024 Carbio (las generadoras de biodiesel integradas) estará entregando el 100% del biodiesel.
3) Hasta tanto no se le asegure al sector de las “no” integradas de biodiesel (pymes y regionales) un status similar al que establece la ley vigente (corte mínimo obligatorio no inferior al actual, asignación de cupos, determinación y publicación periódica de precios acorde a los costos, todo ello conforme a los términos de los arts. 8, 13 y 14 de la ley actual), el proyecto continúa significando la desaparición absoluta del sector.
4) Si lo que se pretende es permitir la participación de las empresas integradas, dicha decisión debe ser asegurando que las empresas no integradas de biodiesel (pymes y regionales) puedan continuar operando. Para ello, el proyecto debería contemplar 2 segmentos de mercado para el biodiesel, ambos de corte obligatorio pero con la siguientes particularidades:
4.1. Segmento Corte Obligatorio con “Cupo y Precio Regulado”:
4.1.1 se debe mantener un porcentaje de corte obligatorio de biodiesel que no debe ser inferior al 10% sobre el volumen total de demanda interna del gasoil. Este porcentaje sólo podrá ser disminuido cuando existan razones técnicas debidamente justificadas, y por el plazo que subsistan dichas razones.
4.1.2 este segmento de corte obligatorio debe continuar siendo abastecido por las mismas elaboradoras que no son compañías «integradas» (aceiteras) y no se dedican a la exportación del aceite de soja y biodiesel, tal como se encuentra dispuesto en el artículo 8 de la ley actual.
4.1.3 para este segmento se debe mantener la obligación de asignación de cupos conforme lo establecido en el artículo 13 de la ley vigente, como así también la determinación y publicación de precio de venta por parte de la autoridad de aplicación, considerando los costos de producción y una rentabilidad razonable del sector, conforme lo establecido en el artículo 14 de la ley 27.640 y la normativa reglamentaria vigente.
4.2. Segmento Corte Obligatorio con “Libre Competencia y Precio”:
4.2.1 se debe establecer un segmento de corte obligatorio por el porcentaje de mezcla que supere al del Segmento Corte Obligatorio con Cupo y Precio Regulado sobre el volumen total de demanda interna del gasoil, en los términos, condiciones y plazos dispuestos en la nueva redacción del art. 311 del borrador del proyecto de ley ómnibus (en lo que respecta exclusivamente a este segmento y por los porcentajes de corte superiores al del Segmento Corte Obligatorio con Cupo y Precio Regulado), y en donde podrán participar todas las elaboradoras de biodiesel que se encuentren habilitadas, el cual funcionará a través de sistema de licitaciones, bajo la metodología de “libre competencia”.
4.3. El Segmento Corte Obligatorio con “Cupo y Precio Regulado” tendrá prioridad por sobre el Segmento Corte Obligatorio con “Libre Competencia y Precio”, el cual no podrá proceder ni abastecerse hasta tanto se encuentra completo el abastecimiento del primero.
Fuente: Punto Biz