Empresas: Equinor pidió cierre de la causa judicial
La compañía argumentó que ya terminaron los trabajos en sus zonas de concesión. Cómo sigue la actividad y qué se sabe de los resultados.
La empresa petrolera Equinor le pidió a la Justicia de Mar del Plata el cierre de la causa que se inició en 2022 ante la presentación de múltiples amparos contra el desarrollo de la actividad exploratoria en busca de hidrocarburos frente a la costa bonaerense.
Lo hizo al argumentar que sus actividades sobre las áreas CAN 100, 108 y 114 y sobre el pozo exploratorio Argerich ya finalizaron. Mientras que en este último ya se confirmó que no se encontraron indicios de petróleo, en el resto todavía se espera el final del análisis de la información obtenida. Si bien siguen en marcha otros proyectos exploratorios, están a cargo de otras firmas.
La judicialización de la actividad petrolera sobre la costa de Mar del Plata empezó a darse en enero de 2022 a los pocos días de que el gobierno nacional emitiera la autorización para llevar adelante el primero de los proyectos de exploración sísmica, a cargo de la empresa Equinor y en las áreas CAN 108, CAN 100 y CAN 114 de la Cuenca Argentina Norte y a unos 300 kilómetros de Mar del Plata. Con el paso del tiempo el proceso también incluiría la aprobada perforación del pozo exploratorio Argerich.
Todo se inició con el impulso de distintos amparos, en su mayoría elevados por organizaciones ambientalistas, que se fueron acumulando y tratados en conjunto por el Juzgado Federal N°2 de Mar del Plata, a cargo de Santiago Martín.
Como parte de ese proceso todavía abierto, y en el que una de las últimas medidas fue tomada por la Cámara de Apelaciones de Mar del Plata cuando en mayo rechazó un pedido del fiscal Santiago Eyherabide para frenar todos los proyectos en marcha, la empresa Equinor le pidió en los últimos días al juez Martín que de por cerrado al caso.
En la presentación sostuvo que las dos actividades motivo de cuestionamiento y que se intentaban frenar con los amparos eran la exploración sísmica en el CAN 108, CAN 100 y CAN 114 y la performación del pozo Argerich, ambas ya finalizadas.
En detalle, el escrito afirma que los amparistas pidieron como cuestión de fondo aún no resuelta la declaración de nulidad e inconstitucionalidad de todas aquellas normas que otorgaron los permisos de exploración sísmica del Proyecto Norte y Proyecto Argerich y, por ende, en la paralización de la exploración. “Esta actividad es la que se llevó a cabo y ya finalizó”, sostuvo la empresa.
Asimismo, planteó que desde el punto de vista legal sobre esas mismas áreas “Equinor no ha desarrollado ni tiene aún derecho a desarrollar actividades de explotación” al señalar que la concesión de explotación de hidrocarburos “sólo puede solicitarse cuando la actividad de exploración resulta en el descubrimiento comercial de hidrocarburos dentro del área explorada”.
De esa manera, la compañía aseveró que “todas las normas y resoluciones que son objeto de la presente acción y de las cuales los actores solicitaron la declaración de su nulidad e inconstitucionalidad son normas que tratan y regulan la exploración petrolera, no la explotación”.
El escrito también repasó cuál es el estado de los dos proyectos llevados a cabo por la compañía. Respecto a la perforación del pozo Argerich reiteró el resultado negativo ya comunicado públicamente: “No solo todas las etapas de la exploración de este proyecto se encuentran concluidas, sino que el estudio exploratorio concluyó que no hay indicios de hidrocarburos”.
Con relación a la exploración sísmica desplegada sobre el CAN 108, CAN 100 y CAN 114 la empresa aseguró que todavía no cuenta con los resultados definitivos para determinar, en base a la información recolectada, si hay o no petróleo. “Equinor no sabe aún si en el área explorada existen hidrocarburos susceptibles de ser explotados comercialmente y, consecuentemente, no sabe tampoco si eventualmente en el futuro solicitará o no una concesión de explotación, para avanzar con la explotación de aquellos eventuales hidrocarburos”, sostuvo.
De todas maneras, Equinor reconoció en su presentación que una de las normas analizadas en el amparo repara en las regalías que pagarían las empresas en caso de avanzar con la explotación de hidrocarburos, algo en lo que incluso el fiscal Eyherbide hizo foco y planteó serios cuestionamientos y advertencias que lo llevaron a pedir la paralización de toda la actividad exploratoria aunque el pedido no fue aceptado ni por el juez del caso ni por la Cámara.
Sobre ese punto de discusión en el expediente, la empresa argumentó al pedir el cierre del caso que “el ataque a esa norma es prematuro, pues Equinor no es actualmente titular de una concesión de explotación”.
Finalmente, la empresa manifestó que si bien tanto el fiscal como las organizaciones demandantes buscaron extender la causa hacia el análisis de toda la actividad petrolera offshore “tanto el juez como la Cámara rechazaron esta solicitud dejando en claro que el objeto del reclamo solo versa sobre el Proyecto Norte y el Proyecto Argerich”.
Con todos esos argumentos, Equinor impulsa el cierre de la causa que en su desarrollo llegó a mantener paralizada durante varios meses la posibilidad de iniciar la exploración sísmica al exigirse el cumplimiento de numerosos requisitos de carácter ambiental que no se habían cumplido por parte de la compañía ni del gobierno nacional. Antes de resolver el planteo de concluir el caso, el juez Martín notificó a cada una de las partes para que expresen su opinión.
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Fuente: Ahora Info