Chubut: investigan otra mancha de petróleo detectada en el mar
El Juzgado Federal de Comodoro Rivadavia a través de la jueza Eva Parcio, por orden de la Cámara Federal de Casación Penal, deberá investigar el origen de una mancha oleosa detectada en el mar de Caleta Córdova Se busca determinar si su contaminación también llegó a Santa Cruz. El hecho ocurrió hace ya casi 3 años en la tarde del 14 de mayo de 2018.Prefectura Naval detectó una mancha grisácea cerca del muelle chico de bajamar lado sur que medía 500 metros de largo por 40 de ancho.
“Había una sustancia oleosa marrón oscura de características similares al hidrocarburo. Es decir, no se advirtieron correspondencias entre ambas, lo que impidió corroborar que la sustancia en la playa haya causado la iridiscencia detectada en el mar, máxime teniendo en cuenta que esta última no presentaba hidrocarburos” dijeron desde La División Laboratorio Químico de Prefectura. Se practicaron cinco excavaciones cerca del muelle y en uno de los hoyos peritó dos muestras. La obtenida de la mancha detectada en el mar no tenía hidrocarburos derivados del petróleo. La muestra de la playa sí los tenía.
Según la jueza “No se pudo acreditar el origen de la mancha oleosa observada en el espejo de agua del mar adyacente a las costas de Caleta Córdova. Como sólo se afectaron intereses ambientales provinciales, la competencia es de la Justicia provincial” descartando así una presunta infracción al artículo 55 de la ley 24.051. En febrero de 2020 la Cámara Federal de Apelaciones confirmó la decisión de que sea de competencia zonal.
Sonia Ivanoff abogada de los vecinos afectados, apeló a la Cámara de Casación al entender que debía intervenir la justicia federal. Según el recurso de queja, “no hay certeza de que el daño producido por la mancha trascienda recursos naturales interjurisdiccionales como el Acuífero Patagoniano, cuya extensión llega a Santa Cruz”. Además la mancha flotaba a 50 metros dentro del Mar Argentino y es jurisdicción federal. Recordó que la propia Cámara comodorense reconoció la necesidad de un estudio de impacto ambiental. Y remarcó que en el expediente no hay medidas investigativas para saber si el daño había sido interjurisdiccional. “Está afectado el principio de celeridad en tanto la causa tramitó en el fuero federal durante dos años y que, en caso de que se le asigne competencia ordinaria, las víctimas tendrán que ir en búsqueda de justicia en una nueva jurisdicción”.
El camarista Mariano Borinsky recordó que según jurisprudencia de la Corte, para que intervenga el fuero federal el daño ambiental debe ser en más de una jurisdicción, o bien esta hipótesis no pueda descartarse. Con la causa recién iniciada, se debe aplicar la doctrina establecida por la CSJN “según la cual corresponde entender a la justicia federal si la afectación interjurisdiccional no pudo ser descartada. Ello, sin perjuicio de lo que pudiera surgir luego de la investigación”.