Cómo se calculará la facturación del gas a partir de la nueva resolución
ENARGAS amplió por 60 días la facturación a favor de los consumidores por la imposibilidad de que el personal pueda realizar mediciones. Los principaes puntos.
Desde el ente informaron que mientras dure el aislamiento social, preventivo y obligatorio, «los usuarios no residenciales y aquellos usuarios residenciales nuevos en el servicio, sin histórico de consumo o con datos históricos de consumo menor a un año, podrán tomar lectura del medidor y remitir a la Distribuidora los datos respectivos en carácter de Declaración Jurada».
«Así es que los usuarios, deben tomar nota escrita completa de la lectura del visor numérico del medidor, remitiendo la cifra a través de los medios y canales que la Distribuidora ha habilitado al efecto», explicaron, al tiempo que aclararon que nunca se deben sacar fotos del medidor por cuestiones de estricta seguridad.
La resolución destaca que «las diferencias a favor del usuario, como consecuencia de volúmenes en exceso respecto a la lectura real obtenida, por una factura ya emitida con consumo estimado, deberán ser reintegradas en la/s factura/s siguiente/s; salvo que el usuario formule un reclamo con relación a tal consumo estimado, para lo cual, el ajuste se efectuará en el marco de la resolución del mismo».
En su página oficial, el ente difundió un cuadro que contempla las declaraciones juradas de lectura de medidor presentadas por los usuarios alcanzados por Resolución 25/20 del 21 de abril pasado, la misma que contempla las diferencias a favor del usuario durante la cuarentena.
Para quienes deban presentar una declaración jurada informando sobre sus consumos, los sitios web de las empresas distribuidoras ofrecen formularios a fin de que las personas los puedan descargar y completar.
Por caso, Metrogas, una de las principales compañías del rubro, difundió en mayo pasado un video instructivo con información para los usuarios que deban informar sobre sus consumos mediante la visualización del medidor.
En caso de no tener registros de medición previos y no subir las declaraciones juradas, las distribuidoras de gas realizarán una nota de crédito contemplando la diferencia cobrada de más y el saldo será reintegrado a partir de la primera factura con valores reales.
Cuando el consumo real sea mayor al estimado por las compañías, el dinero será abonado en tres cuotas iguales y consecutivas que entrarán en vigencia a partir de septiembre.
Fuente: ámbito.com