El Ministerio de Transporte le habilitó un puerto a YPF
La duración de la medida se encontrará vigente hasta el 5 de mayo de 2020.
En una nueva medida comunicada hoy, el Ministerio de Transporte habilitó con carácter particular, de uso privado y con destino industrial y comercial el puerto denominado Puerto GNL Escobar, operado por la firma YPF. La medida fue publicada este lunes en el Boletín Oficial mediante la resolución 798/2019 aprobada por el ministro Guillermo Dietrich.
De esta manera, la medida establece que la duración de la habilitación se encontrará vigente hasta el 5 de mayo de 2020, de conformidad con el contrato de UTE. En caso que el referido contrato se extinguiera con anterioridad a tal fecha, se producirá automáticamente la caducidad de la habilitación. Así, en el caso de que se acuerde una prórroga en el contrato, deberán realizar los trámites pertinentes.
Asimismo, la normativa limita el uso del puerto habilitado a la operación de un buque regasificador y a los buques metaneros que lo abastecerán, cuya eslora máxima no supere los 291 metros. De esta manera, la medida responde al memorándum de entendimiento que firmaron las empresas YPF y Enarsa para establecer las condiciones a los para el estudio del proyecto de gas natural licuado (GNL).
En el marco de este memorándum, las firmas suscribieron con fecha 5 de mayo de 2010 un contrato de Unión Transitoria de Empresas (Contrato de UTE), el cual estableció su vigencia por el plazo de 10 años a contar desde el día 5 de mayo de 2010, y se limitó la duración de la habilitación portuaria por igual plazo, y si con carácter previo al vencimiento de dicho plazo se extinguiera por cualquier causa el citado contrato, se producirá automáticamente la caducidad de la habilitación.
“De acuerdo con las obras, accesos terrestre y acuático y demás instalaciones con que cuenta dicho puerto según los planos, inspecciones e informes obrantes en el expediente citado en el visto, el puerto es apto para la prestación de servicios portuarios dentro de la definición y actividades determinadas en la Ley Nº 24.093”, explica el texto oficial.
Fuente: El Intransigente.