El nuevo oleoducto de vaca muerta es concesión de Shell, PAE y Pluspetrol
El Gobierno nacional otorgó la concesión del oleoducto Sierras Blancas-Allen al consorcio integrado por Shell, Pan American Energy (PAE) y Pluspetrol, a través del Decreto 141/2023 publicado en el Boletín Oficial.
El ducto, inaugurado oficialmente a mediados de febrero último, pero que está en operaciones desde diciembre, contó con una inversión privada de US$ 100 millones y permite aumentar la capacidad de transporte de petróleo desde Vaca Muerta al sistema de Oldelval.
Con una extensión de 104 kilómetros, el oleoducto incrementará en 125.000 barriles diarios la capacidad de transporte de crudo desde Vaca Muerta, lo que equivale a 20.000 metros cúbicos diarios.
Sierras Blancas es el punto de partida del ducto y la cabecera principal de las operaciones de Shell en Vaca Muerta. Desde allí llega hasta Allen, en la provincia de Río Negro, donde se conecta con el troncal de Oleoductos del Valle.
El decreto establece que la concesión de transporte del oleoducto se prolongará por un plazo de 35 años, sin perjuicio de las eventuales prórrogas. Será ejercida con un porcentaje de participación del 25% para PAE, 15% para Pluspetrol y 60% en el caso de Shell, firmas que construyeron el oleoducto y que poseen el derecho de solicitar la concesión dado que poseen las concesiones de explotación de las áreas desde donde se evacuará la producción.
Se trata de las áreas Puerto Silva Oeste, Loma Jarillosa Este, La Calera, Meseta Buena Esperanza, Aguada Villanueva, Bandurria Centro, Bajada de Añelo y Coirón Amargo Sur Oeste.
También el ducto permitirá evacuar la producción de Coirón Amargo Sur Este, Sierras Blancas, Cruz de Lorena y Aguada Cánepa.
Dado que atraviesa más de una provincia, la Ley 26.197 de Hidrocarburos establece que es el Estado nacional quien establece las concesiones de los ductos.
El decreto ordena a las concesionarias a permitir el acceso indiscriminado de terceros a la capacidad de transporte del ducto que no esté comprometida por la misma tarifa y en igualdad de condiciones.
Esa tarifa máxima de transporte que podrán cobrar las concesionarias deberá ser aprobada por la Secretaría de Energía, según la normativa vigente.
Del mismo modo, estarán obligadas a presentar de forma periódica los estudios de operación y mantenimiento, el plan de contingencias y los informes de monitoreo correspondientes, además de pagar anualmente la Tasa de Control de Transporte y Captación de Hidrocarburos.
Asimismo, deberán declarar mensualmente los volúmenes transportados y mantener actualizada su inscripción tanto en el Registro Nacional de Empresas Transportistas de Hidrocarburos Líquidos por Ductos como en el Registro de Capacidades de Transporte y de Almacenaje de Hidrocarburos Líquidos.
Por otro lado, se les otorga un plazo de 60 días para iniciar las tramitaciones pertinentes para constituir las servidumbres mineras de ocupación y de paso sobre los fundos que atraviesa el oleoducto, inscribiéndolas en los registros de propiedad de Río Negro y Neuquén.