Eliminación del Impuesto País a importaciones de ciertos proyectos de Generación de Energía Eléctrica por Fuentes Renovables
El 19 de junio de 2024 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 101/2024 («Resolución») estableciendo la no aplicación del Impuesto País del 17,5% a la adquisición de moneda extranjera para el pago de ciertas importaciones.
El Impuesto País fue creado por la Ley Nro. 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública («Ley de Emergencia») en Diciembre de 2019 y resulta aplicable a los residentes fiscales argentinos, por las siguientes actividades:
Adquisición de moneda extranjera (incluyendo cheques de viajero) para fines de ahorro o sin uno de los propósitos específicos relacionados con el pago de obligaciones bajo los términos de la normativa cambiaria, efectuado por un residente argentino.
Cambio de moneda extranjera efectuado por entidades financieras argentinas, en nombre de un sujeto local, destinado al pago de bienes y servicios prestados en el exterior, pagados usando una tarjeta de débito, crédito o compra emitidas por entidades argentinas, o cualquier otro mecanismo de pago determinado por las regulaciones, incluyendo extracciones de efectivo realizadas en el exterior.
También se encuentran incluidas las adquisiciones hechas usando sitios web y cualquier otro tipo de operaciones que implique la adquisición remota de moneda extranjera.
Cambio de moneda extranjera efectuada por entidades financieras argentinas, destinado al pago, en nombre de un sujeto local, de servicios prestados por no residentes, cancelados mediante tarjetas de débito, crédito o compra emitidas por entidades argentinas, como también otros medios de pago que determinen las regulaciones.
Adquisición de servicios en el exterior mediante agencias argentinas de viajes o turismo.
Adquisición de pasajes aéreos, terrestres o acuáticos en la medida que sea necesario adquirir moneda extranjera para su pago, para destinos fuera de Argentina.
Eliminación de la aplicación del Impuesto País a ciertas transacciones.
La Resolución dispone la no aplicación del Impuesto País del 17,5% a la adquisición de moneda extranjera para el pago de las importaciones de mercaderías a ser utilizadas en los proyectos incluidos en el siguiente listado: Para acceder al listado, haz clic aquí.
Vigencia
La Resolución resulta de aplicación para las operaciones de adquisición de moneda extranjera efectuadas a partir del 19 de junio de 2024.
Fuente: Martin Barreiro y Juan Pablo Menna para Abogados