GNC: Consideran poco probable que las distribuidoras de gas no cobren la reserva de capacidad “firme”
Pese que ENARGAS se comprometió a interceder ante las licenciatarias para que no contemplen el volumen contratado durante el aislamiento obligatorio, especialistas aseguran que al ser una medida emanada por un decreto, es una decisión que solo puede tomar el Poder Ejecutivo.
El interventor del Ente Nacional Regulador de Gas habilitó un espacio de discusión con expendedores de GNC con el fin de desarrollar soluciones conjuntas que favorezcan al sector.
Federico Bernal, mantuvo un encuentro virtual con representantes de Expendedores Unidos, quienes durante la teleconferencia, expresaron que, tras el derrumbe de las ventas, “se dispararon los costos fijos complicando gravemente la viabilidad de algunas operaciones”.
Por esta razón, reclamaron alivianar algunos ítems incluidos en las facturas, especialmente la reserva de capacidad contratada en “firme”, ya que los volúmenes despachados durante la pandemia no lo ameritan.
Sin embargo, el asesor legal de AES (Asociación Estaciones de Servicio), Luis Navas, descree esa posibilidad. “La reserva de capacidad surge de un Decreto – 180/2004- por lo tanto, actuar sobre este punto es una decisión que solo puede tomar el Poder Ejecutivo”, afirma a surtidores.com.ar.
El especialista recuerda que antes de la sanción de esa medida, las estaciones de carga tenían solo la condición venta firme de GNC. “A partir del año 2004 se incorpora también el servicio interrumpible, que no garantiza el suministro, por ejemplo, en épocas de alta demanda como ser el invierno”, explica.
Navas señala que las estaciones que ostentan esa característica “son las menos”. “Si bien es lógico que las firmes reclamen por un volumen que no están usando y que se les cobra, también es cierto que las transportadoras reservan esa cantidad de metros cúbicos con un año de anticipación, por lo que sería muy difícil que reconozcan el pedido”, sostiene.
“Algo similar sucede con la energía eléctrica, donde se recauda un cargo por capacidad de potencia necesaria para cubrir los picos de consumo que provoca el arranque de los compresores de gas”, agrega. “Son contratos anuales y por lo tanto resulta sumamente dificultoso resolverlo por un período menor”, concluye Navas.
Fuente: Surtidores.com