La Legislatura aprobó la promoción impositiva para la compra de autos híbridos y eléctricos
Fue en la sesión que se realizó este jueves por la mañana, donde finalmente no se trató ninguna reforma a la Ley de Farmacias, a la espera de una ley de consenso con el gobierno. Otro de los puntos fue la sanción de una norma que establece la gratuidad en los litigios judiciales para las comunidades originarias y se presentó una reforma a la ley de enjuiciamiento de funcionarios del Poder Judicial.
Los diputados realizaron este jueves por la mañana una nueva sesión ordinaria en la que finalmente no se trató el dictamen de comisión que suspendía por 90 días la aplicación de la Ley de Farmacias, ante la posibilidad de que en las próximas dos semanas el gobierno pueda consensuar reformas con los representantes farmacéuticos. Por otra parte, una de las medidas aprobadas fue una promoción impositiva para incentivar la compra de vehículos híbridos y eléctricos, impulsada por el legislador Manuel Pagliaroni, quien además presentó un proyecto de reforma a la ley de enjuiciamiento, por el cual propone que se quite al procurador general la facultad de emitir un dictamen previo a la elevación a jury de un funcionario judicial.
Además, se aprobó a pedido de la diputada Leila Lloyd Jones, una autorización a los municipios y comunas a disponer de fondos de subsidios que no fueron ejecutados, con destino a paliar los desequilibrios financieros generados por la pandemia.
Respecto a la promoción impositiva en los vehículos, explicó Pagliaroni que tiene un fin ambiental que busca paulatinamente generar el consumo de autos de energía limpia, y que en este caso se trata del impuesto de sellos que se aplica al patentamiento de un cero kilómetro o la transferencia de un usado, que es actualmente del 20 por mil del valor del auto y que con esta reforma, pasará a ser del 5 por mil para los híbridos y del 2 por mil para los que son totalmente eléctricos.
LEY DE FARMACIAS
En diálogo con ADNSUR, la diputada justicialista Belén Baskovc, explico que la suspensión de la Ley de Farmacias por 90 días «fue una propuesta que surgió ayer en Comisión y -luego de un acuerdo con los presidentes de Bloque- se propuso tratarlo en la próxima sesión, es decir, en 15 días. Se proponía suspender la Ley de Farmacias por 90 días en virtud de algunos reclamos y observaciones que hizo el Ministro de Salud en esto de tener que salir a controlar muchas farmacias de la provincia y -tal vez- proceder a la clausura de algunas. Se pautó esperar 15 días y –más allá del tratamiento de esa suspensión- nosotros anhelamos que el ministro acerque una propuesta de modificación de esa Ley para que pueda seguir vigente».
En ese sentido, remarcó que «vamos a propiciar una reunión de legisladores, farmacéuticos y del Ministro de Salud en una mesa amplia de trabajo buscando los consensos. Tenemos 15 días para poder realizarlo».
Respecto a los subsidios dijo se autorizó «a los Intendentes y presidentes de Comunas a utilizar los saldos que han quedado de algunos subsidios que fueron destinados por provincia para la realización de actividades culturales y deportivas. Esos saldos van a poder cambiar ese destino específico que tenían y –en este caso- poder usarlos en el marco del Covid con todos los gastos que hoy tienen los Intendentes y los presidentes de Comunas».
Sobre el destino de los fondos dijo que «es bastante amplio el objetivo. La pandemia ha generado una baja en la recaudación de ingresos y eso afecta al pago de sueldos. No son saldos importantes pero todo ayuda».
TARIFA DE GAS
También en la sesión de hoy se aprobó una Declaración referida a la tarifa de gas en la que, dijo Baskovc, «solicitamos que se gestione un cuadro diferencial para la Patagonia no solamente para los residentes sino también para los comerciantes y –principalmente- para las Asociaciones Civiles sin fines de lucro como las entidades deportivas y culturales que ya hace 4 años vieron ese incremento importante en las tarifas de gas y –en el marco de esta pandemia- se les hace imposible de pagar. Vamos a expresar esa intención y el deseo que se gestione ante el Gobierno Nacional un cuadro diferencial para Chubut».
Explicó la diputada que «habrá que generar las reuniones con ENARGAS y Camuzzi para plantear estas cuestiones porque tienen cierta lógica si uno analiza los porcentajes de incrementos en los 4 años de esas tarifas. Nosotros pedimos algún subsidio para la Patagonia por las distancias, por el uso de las tarifas y –en el marco de la pandemia- los ingresos económicos de las entidades deportivas, culturales y los comercios se vieron perjudicados. Nos parece que es justificado y anhelamos que podamos llevar adelante este Proyecto».
REFORMA
Los diputados Manuel Pagliaroni y María Andrea Aguilera (Juntos por el Cambio), y Juan Pais (Chubut al Frente) presentaron en la sesión de esta mañana un proyecto para modificar la actual Ley de Enjuiciamiento de magistrados y funcionarios, con el objetivo de adecuar el proceso a las facultades otorgadas por la reforma de la Constitución de 1994 al Consejo de la Magistratura.
La iniciativa analiza como improcedente, en el contexto constitucional actual, que la Procuración General tenga, en la legislación vigente, la potestad de acusar en las causas elevadas por el Consejo de la Magistratura al Tribunal de Enjuiciamiento, en el caso de los magistrados y funcionarios judiciales.
En los fundamentos de la propuesta, los legisladores reseñaron que la reforma constitucional de 1994 “sumó un nuevo órgano” a los procesos de juicio político: el Consejo de la Magistratura.
“Este organismo, al que a la par que se le dio atribuciones para intervenir en el proceso de selección y designación de jueces, fiscales y defensores, se le confirieron también potestades para recibir las denuncias por las causales de remoción de todos estos magistrados y funcionarios” cuando incurren en mal desempeño, desconocimiento inexcusable del derecho, inhabilidad psíquica o física y comisión de delitos dolosos, como lo enumera el artículo 165 de la Constitución Provincial.
Pagliaroni, Aguilera y Pais indicaron que, como resultado de la reforma de 1994, “el proceso de enjuiciamiento de integrantes del Poder Judicial (jueces, fiscales y defensores) se bifurca del resto de los funcionarios previstos en el artículo 209 de la Constitución (fiscal de Estado, integrantes del Tribunal de Cuentas y contador general)”.
Para los primeros, explicaron, “le encomienda sustanciar el sumario inicial al Consejo de la Magistratura, al cabo del cual resuelve sobreseer la denuncia, remitir la cuestión al Superior Tribunal de Justicia si amerita considerar una sanción no expulsiva; y al Tribunal de Enjuiciamiento si considera que se verifica una causal de remoción”.
Si bien este pasaje está contemplado en la actual Ley V-N°80, “no obstante, al mantener en cabeza del procurador general la acusación de las causas elevadas por el Consejo de la Magistratura al Tribunal de Enjuiciamiento en el caso de los magistrados y funcionarios judiciales, termina teniendo la potestad de bloquear la intervención constitucional del Tribunal de Enjuiciamiento un órgano que no está llamado a ello”.
Así, marcaron, “si el Consejo de la Magistratura, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el artículo 192 inciso 4 de la Constitución decide elevar a enjuiciamiento de remoción a un juez, fiscal o defensor, quien debe efectuar el proceso para determinar la existencia de una causal de remoción o descartarlo, es el Tribunal de Enjuiciamiento”.
Sin embargo, agregaron, “con la ley actual se mete entre ambos órganos como una indebida cuña la Procuración General que, si decide no acusar, expone al Tribunal de Enjuiciamiento de verse impedido de ejercer su competencia”.
Por ello, continuaron, “resulta prioritario e inexcusable poner el enjuiciamiento en manos exclusivas de quienes la Constitución quiso que lleven adelante tal misión: Consejo de la Magistratura y Tribunal de Enjuiciamiento. En ningún caso puede un juez, fiscal o defensor exento de enjuiciamiento de responsabilidad por deserción del procurador general, por la sencilla razón de que la Constitución no le dio tal potestad”.
“Mucho menos resulta ello aceptable cuando debe pronunciarse sobre la responsabilidad de fiscales de su dependencia jerárquica”, agregaron.
Así, “el proyecto propicia que, en el caso del proceso de remoción de jueces, fiscales y defensores, la acusación quede a cargo de una comisión que a tal efecto elige y designa de su seno, es decir entre sus integrantes, el propio Consejo de la Magistratura”.
Fuente: ADN Sur.