La OFEPHI reclama que las retenciones no afecten las regalías
El derecho a la exportación de productos primarios provoca un doble efecto. Por un lado aumenta la recaudación del Estado nacional y al mismo tiempo, impacta negativamente en las regalías de las provincias productoras. Finalmente, la ley de emergencia establece un tope del 8%, tanto para petróleo como para minería
Aunque el decreto 37/2019 habilitaba una suba de hasta el 12% de retenciones sobre la exportación de productos primarios, la ley de emergencia contempla un tope del 8%, tanto para la exportación de productos hidrocarburíferos como mineros. La posible suba a casi el doble que en la actualidad había generado alarma en el sector y preocupación en las provincias productoras, que reciben una disminución de ingresos.
El límite a la suba de retenciones quedó establecido en el artículo 49 de la ley de “Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública”, que fue sancionado el viernes por el Congreso de la Nación, a menos de 10 días de la asunción de Alberto Fernández.
“Las alícuotas de los derechos de exportación para hidrocarburos y minería no podrán superar el ocho por ciento (8%) del valor imponible o precio oficial FOB”. De este modo, el tope se eleva en algo más de un punto respecto del valor que tenía hasta principios de diciembre, ya que la devaluación había licuado el flujo recaudatorio, que tenía el tope de 4 pesos por cada dólar exportado, llevando la retención por debajo de los 7 puntos. Si se hubiera liberado hasta el 12%, como se desprendía en un primer momento a partir del decreto aplicado para productos del campo, la suba hubiera sido de casi el 100%.
Transferencia a Nación
El sistema de Derechos a la Exportación (DAE) fue actualizado no sólo para los productos agropecuarios, sino también para todas aquellas materias que exporta el país, entre las que se cuenta el petróleo y la minería. Por vía de las retenciones petroleras, el Estado nacional podría recaudar algo más de USD 120 millones (o $7.500 millones, al cambio actual) durante el año 2020. Esto surge de considerar una exportación proyectando los últimos dos años, en alrededor de USD 1.500 millones de ventas externas de petróleo.
La medida tiene dos caras para una misma moneda. Por un lado responde a la necesidad de recaudación del Estado nacional, en el marco de la grave crisis económica y social, por lo que apunta a obtener fondos para atender las demandas prioritarias, vinculadas a la urgencia de dar respuesta a los sectores más vulnerables de la sociedad.
Por el otro, hay un efecto colateral que impacta tanto en las empresas del sector como en las provincias productoras. Es que la decisión se suma como un elemento negativo en la evaluación de inversiones previstas para el año próximo, en un contexto en el que se venía especulando con esa posibilidad a partir de los efectos negativos del decreto 566, que congeló durante tres meses los precios de los combustibles.
Paralelamente, hay una incidencia negativa en las cuentas públicas de las provincias, ya que las retenciones al petróleo exportado terminan aplicando un descuento sobre el precio final de cada barril de crudo, que funcionarios del área energética de Santa Cruz han estimado en alrededor de 5 dólares menos por barril.
Pedido de la OFEPHI
El tema fue advertido por la OFEPHI (Organización Federal de Estados Productores de Hidrocarburos) ante las nuevas autoridades de la Secretaría de Energía de la Nación, encabezada por Sergio Lanziani. En nota remitida el viernes 13 de diciembre, previo a que se conociera la actualización del sistema, la organización que representa a las provincias petroleras había pedido a las nuevas autoridades que atendieran el desfase que se produce en contra de los ingresos provinciales.
“Las retenciones afectan no sólo a las provincias que exportan petróleo -entre las que el mayor volumen corresponde a Chubut y también una parte a Santa Cruz- sino a todas las provincias productoras de hidrocarburos, porque reduce el precio en el mercado interno”, reseñó el secretario ejecutivo de la OFEPHI, Carlos Lambré.
Si bien no hay un cálculo específico para el conjunto de las provincias, la estimación general que realizan los técnicos en la materia señala que si se toma un promedio del 8% de retenciones durante el año en curso (comenzó en alrededor del 10%, cuando el tope de 4 pesos por cada dólar se calculaba sobre una cotización oficial de 40 pesos, hasta que en agosto la devaluación hizo bajar la incidencia a menos del 7%), los ingresos percibidos por cada provincia productora en el período de referencia habrían perdido un monto que oscila entre el 8 y 10% de lo efectivamente recibido. En el caso de Santa Cruz, ese monto oscilaría en torno a los 1.000 millones de pesos, mientras que en Chubut se estima que sólo hasta octubre es dejaron de percibir más de 1.400 millones de pesos.
Planteo de una minera
Vale recordar que a fines de 2018, cuando el gobierno de Macri puso en marcha el sistema de retenciones a través del decreto 793/18, la compañía Estelar Resources S.A, vinculada a la actividad minera, presentó ante el Juzgado Federal de la jueza Marta Yañez, de Caleta Olivia, un recurso planteando la inconstitucionalidad de la norma. Dicho juzgado coincidió con ese criterio, bajo el argumento de que la creación de tributos o gravámenes es una facultad exclusiva del Congreso de la Nación, que no puede ser desempeñada por el Poder Ejecutivo Nacional. Tras la apelación correspondiente, por parte del Ministerio de Hacienda de la Nación, la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia ratificó la declaración de inconstitucionalidad del decreto, por lo que abrió la puerta al reclamo de un resarcimiento por al menos los tres meses transcurridos entre septiembre y diciembre, cuando se fijaron retenciones por vía de un decreto.
Sin embargo, esa irregularidad fue subsanada de cara al año 2019, ya que el Ejecutivo nacional en ese momento incluyó el sistema en la ley de presupuesto del año en curso, quedando salvada la inconstitucionalidad del tributo, al adoptarse la decisión a través del Poder Legislativo.
Si el gobierno de Alberto Fernández hubiera mantenido la actualización de todas las alícuotas por decreto, hubiera abierto un flanco para un reclamo judicial de todos los sectores afectados, desde las petroleras hasta el campo. Sin embargo, al quedar incluido el tributo en la ley de emergencia, que la mayoría oficialista se aprestaba a aprobar al cierre de esta edición, esa posible vía de reclamo quedará cerrada.