Menna presentó un proyecto de ley para garantizar la protección de las regalías petroleras
El diputado nacional Gustavo Menna (UCR-JxC) presentó ayer un proyecto de ley para garantizar que las regalías petroleras de las provincias productoras estén protegidas de embargos y ejecuciones judiciales por la aplicación de la Ley de Vacunas contra el COVID-19. Acompañaron la presentación legisladores pertenecientes a provincias que integran la Organización Federal de Estados Productores de Hidrocarburos (OFEPHI).
El proyecto de ley incorpora a la Ley de Vacunas un artículo en el cual protege a las “regalías de cualquier especie que perciban a tengan derecho a percibir las provincias en función de concesiones de explotación de los recursos naturales existentes en sus territorios, de los que, de acuerdo al artículo 124 de la Constitución Nacional, ejercen el dominio originario”.
Además prevé que los futuros contratos del Poder Ejecutivo Nacional en relación con la Ley “deberán contener una reserva expresa que deje a salvo a las regalías provinciales”.
La elaboración del proyecto es consecuencia del planteo público que hizo Menna hace pocos días en relación con la falta de resguardo de las regalías frente a los tribunales extranjeros a raíz de la modificación que el DNU 431/21 del Poder Ejecutivo Nacional le hizo a la Ley de Vacunas.
La cuestión fue consultada por el propio Menna a la ministra de Salud, Carla Vizzotti, y a la secretaria Legal y Técnica de la Nación, Vilma Ibarra, en la última reunión de la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo, que el chubutense integra.
Sin embargo, Menna afirmó que la respuesta no fue satisfactoria, ya que no alejó la duda sobre la situación de las regalías de las provincias productoras de hidrocarburos frente a posibles litigios por incumplimiento de contratos.
“La cuestión no es menor, habida cuenta que las regalías hidrocarburíferas representan para las provincias productoras al menos un tercio de sus ingresos totales”, planteó Menna en el proyecto.
“Comprometer las regalías -agregó- equivale a poner en riesgo ante una eventualidad judicial, el pago de salarios de agentes públicos, obra pública y la propia prestación de servicios esenciales”.
Por ello indicó que “la cuestión debió haber sido abordada con mayor profundidad y cuidado, y si realmente la intención del DNU 431/21 fue comprometer como garantía exclusivamente las regalías del Estado nacional, correspondía dejar expresamente efectuada la reserva del caso”.
Así, concluyó, el proyecto de ley propicia “subsanar la omisión en la que incurrió el Poder Ejecutivo y dejar expresamente sentado que en ningún caso las regalías provinciales podrán ser objeto de eventuales medidas de embargo o ejecución”.