Un sistema impositivo con estímulos para invertir
Tal como se plantea en el audiolibro «Argentina primero», nuestro país posee una alta presión impositiva y se necesita un cambio para fomentar inversiones
La expansión económica debe tener un pilar fundamental en la reducción de la presión tributaria al sector productivo para fomentar inversiones y dotar de un mayor dinamismo a la economía. El carácter distorsivo del sistema tributario se ve reflejado fundamentalmente en los exportadores, que no pueden trasladar impuestos y competir en los mercados mundiales.
Nuestro país posee una alta presión impositiva, casi siete puntos porcentuales por encima del promedio simple de los países de Latinoamérica y el Caribe. Nuestra estructura impositiva es más compleja, ineficiente e inequitativa, mientras que los bienes y servicios que ofrece como Estado son notablemente inferiores a los de los países del Primer Mundo.
A lo largo de un período prolongado, hemos desarrollado un síndrome anti inversión, causado, entre otros factores, por la alta presión tributaria y la elevada incidencia de impuestos distorsivos.
El indicador más elocuente es un bajo nivel de inversión total. Según el Banco Mundial, en 2018 la Argentina invirtió un 14,4%del producto, lo que resulta bajo en comparación a Chile, México, Colombia y Bolivia (22%), Perú (21%) y Brasil y Uruguay (16%). En tanto, los países de la OCDE promedian un 23% en inversión.
Un dato interesante que demuestra el mal desempeño de nuestro sistema tributario y los desincentivos que genera para la inversión es el ranking Paying Taxes 2020, elaborado por Price Waterhouse & Co., en el que se investigan y comparan regímenes fiscales en 190 economías de todo el mundo. Allí, la Argentina ocupa el puesto 169 en cuanto al costo (monetario y de tiempo) de pagar impuestos.
Argentina requiere una serie de medidas específicas para llevar a cabo la modificación del sistema tributario estas son las sugeridas para los principales impuestos:
Impuestos: Reformas para IVA y Ganancias
Perfeccionar el Impuesto al Valor Agregado: Es la forma de impuesto general a la venta más usada, ya que se aplica en más de cien países de todo el mundo, particularmente, en toda América Latina, pero en la Argentina lo es más, por la abundancia de exenciones, alícuotas diferenciales por sectores, percepciones, retenciones y pagos a cuenta, demoras en las devoluciones de exportación y gran acumulación de saldos técnicos incobrables.
Adicionalmente, la alícuota es muy alta en comparación con otros países. Por esto, se sugiere en el corto plazo «sanear al IVA» de las prácticas que han distorsionado su neutralidad competitiva e intersectorial. Se recomienda diseñar un sistema de devoluciones automáticas a las exportaciones y plantear un sistema de devolución de saldos técnicos, que impida su acumulación futura, sujeto a un nivel de cumplimiento en un plazo más largo, una reducción de la alícuota en forma paralela al incremento en la recaudación de Ganancias de las personas.
Es necesario rever alguna alícuotas.
Es necesario rever alguna alícuotas y el destino de algunos impuestos, como Ganancias.
Cambiar el Impuesto a las Ganancias de personas
El tributo puede incrementar su equidad aumentando la cantidad de personas que lo pagan y esto se logra aplicando alícuotas muy reducidas (del 1% al 2,5%) a las escalas de menores ingresos.
En la misma línea, existe una problemática específica con los ingresos de los magistrados y dependientes del Poder Judicial nombrados antes de 2017, que actualmente no pagan este impuesto y deben comenzar a tributarlo.
El Impuesto a las Ganancias de las empresas, mecanismo para aumentar la inversión
Este tributo se transformó en un impuesto de baja calidad ya que el desarrollo del mercado de capitales global implicó una mayor movilidad de flujos financieros entre países.
Dado que genera un alto costo en términos de eficiencia por cada peso recaudado, desalienta la inversión y los capitales migran hacia otros países. Y, mientras la Argentina mantuvo la alícuota de este impuesto constante en los últimos veinte años, los países de América Latina han reducido las suyas en el tiempo a niveles por debajo del 35%. En efecto, la alícuota promedio del gravamen que recae sobre las utilidades corporativas no distribuidas se sitúa en la actualidad en el orden del 28%.
Nuestra propuesta consiste de una reforma tanto cuantitativa —reducción de alícuotas y de evasión— como cualitativa -mejora de la calidad del impuesto-, gravando menos a las ganancias reinvertidas y a las pymes. Estas mejoras pueden concretarse a través de una amortización acelerada y devolución anticipada de IVA a las nuevas inversiones. Por su parte, debe profundizarse la aplicación de alícuotas diferenciales desde el 35% al 15%, según se hayan distribuido o no utilidades. Una vez evaluado el funcionamiento de las medidas anteriores, deben crearse instrumentos que permitan que el 4% de la inversión real sea tomada como pago a cuenta del impuesto.
Revisión impositiva: incluye los aportes del trabajo
Contamos con un sistema de reparto a nivel nacional llamado Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), donde una de las fuentes de financiamiento son los aportes patronales y contribuciones a la seguridad social.
Estas cargas sociales impactan en el costo laboral y explican, en parte, los altos niveles de informalidad, que se manifiestan, tanto en una menor creación de empleo registrado como en la sub-declaración de remuneraciones en empleos registrados.
En este marco, se considera necesaria la creación de un régimen especial para sectores sensibles con alta informalidad y con problemas serios de competitividad y la unificación de los aportes y contribuciones a Ganancias de cuarta categoría para disminuir la carga total de impuestos al trabajo.
Retenciones, de una lógica fiscalista a una productiva
Los derechos de exportación son impuestos que recauda la Aduana cuando se liquidan los ingresos por los bienes y servicios vendidos al exterior.
Este tipo de gravamen reduce el precio percibido por los exportadores, lo que disminuye su rentabilidad y desincentiva la producción, la inversión y las exportaciones del bien gravado, en especial cuando las alícuotas aplicadas son elevadas. Y, por otro lado, trasladan parte de las ganancias de las empresas hacia el Estado y contribuyen a disminuir el precio doméstico del bien, de forma que benefician a los consumidores locales.
Subsiste una evasión muy alta en la producción y comercialización interna de bienes agroindustriales, que dificulta la inversión en esta cadena de producción, en especial en la manufactura y el comercio.
En este sentido, para este gravamen proponemos establecer una alícuota ad valoren (de 7,5% y 10%, según el grado de elaboración del producto o servicio). Asimismo, el tributo debe poder ser utilizado como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias. Por otra parte, para impulsar las exportaciones se recomienda que las nuevas ventas no tributen retenciones, en línea con la exención al crecimiento de ventas al exterior de las pymes que exporten menos de u$s50 millones.
Ahora bien, dado que es un impuesto que penaliza a las exportaciones, la vigencia de las retenciones debe estar sujeta al tiempo que lleve estabilizarla situación fiscal de nuestro país. En este sentido, cuando la economía converja hacia un nuevo sendero de equilibrio, se pueden plantear medidas de reducción en estas alícuotas.
Fuente: Audiolibro de Martín Redrado para iprofesional