Una medida del Gobierno viabiliza contratos bilaterales de energía eólica en Perú pero demoraría lanzamiento de la quinta subasta de renovables
Días atrás, el Gobierno modificó la normativa vigente para reconocer potencia firme principalmente a las plantas eólicas, no así a los parques solares. ¿Cómo impactará en el mercado? Los empresarios del rubro analizaron el tema.
En contacto con Energía Estratégica, Brendan Oviedo, presidente de la Sociedad Peruana de Energías Renovables (SPR) explica que la modificación de la normativa vigente, a través del Procedimiento Técnico del COES N° 26 “Cálculo de Potencia Firme” (DESCARGAR NORMATIVA), otorgará un nuevo beneficio para los generadores y sus clientes, gracias a que aporta mayor competitividad.
Si bien la regulación incluye a las distintas fuentes limpias, la actualización está focalizada sobre las Horas Punta (HP) que en Perú abarcan el período horario que va de las 17 a las 23 horas. En definitiva, sólo beneficiaría a la energía eólica.
Y como las centrales eólicas presentan potencia firme igual a cero, anteriormente no podían concretar contratos a bajos precios con grandes usuarios, en un mercado que ya de por sí presenta energía barata.
Por eso, ahora en el sector esperan que las empresas mineras, sectores industriales de alta demanda de energía y los distribuidores, se vean más interesados en firmar contratos PPA.
Desde el punto de vista legal, la Ley de desarrollo Eficiente de la Generación establece que los generadores pueden firmar contratos de suministro con clientes hasta el máximo de su energía firme y de su potencia firme propia o adquirida a terceros.
“Es importante mencionar que siendo lo anterior un avance significativo en la eliminación de barreras de entrada para la tecnología eólica, mantiene las barreras para la solar”, opinó Brendan Oviedo de SPR durante una entrevista exclusiva con este medio.
En tanto, valoró que “se abre una oportunidad para estructurar el financiamiento y desarrollo de nuevos proyectos eólicos”.
A la fecha, los proyectos renovables que operan en Perú se han estructurado en base a contratos de suministro eléctrico adjudicados en subastas convocadas por el Ministerio de Energía y Minas.
“Será interesante observar el apetito de los grandes usuarios libres en contratar su demanda de proyectos eólicos en etapas iniciales de desarrollo”, se esperanzó Oviedo
¿Se descarta una nueva subasta de energías renovables en Perú?
Oviedo analizó las perspectivas de nuevas licitaciones:“Entendemos que se estuvo barajando la posibilidad de convocar este año a una quinta subasta renovable focalizando el área de desarrollo de los proyectos a ser adjudicados en la zona sur del Perú, donde se proyecta, en el 2022, satisfacer parte de la demanda con generación a base de diésel”.
Sin embargo, evalúa que “la aprobación del procedimiento de reconocimiento de potencia firme antes mencionado puede haber afectado las posibilidades de que se convoque a dicha subasta”.
Los alcances de la medida
En el Perú ningún generador puede contratar más potencia y energía firme que la propia y la contratada por terceros. En ese contexto, el 27 de agosto de 2019 el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (¨OSINERGMIN¨) aprobó la Resolución de Consejo Directivo del OSINERGMIN Nº 144-2019-OS/CD, la cual reconoce potencia firme a la tecnología eólica, solar y mareomotriz (antes se les asignaba potencia firme igual a 0) y establece que dicho reconocimiento sería otorgado a las centrales de generación que operen en las horas punta establecidas por el Ministerio de Energía y Minas (¨MINEM¨), es decir, desde las 17.00 a 23.00 horas.